Inicio NacionalDirección de Juegos de Azar anuncia regulación de apuestas en línea; solo siete operadores cuentan con autorización en RD

Dirección de Juegos de Azar anuncia regulación de apuestas en línea; solo siete operadores cuentan con autorización en RD

por Voz Populi Media
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SANTO DOMINGO. – La recién creada Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) de la República Dominicana, bajo la dirección de Teófilo «Quico» Tabar, aclaró el estatus legal y regulatorio de las plataformas de apuestas virtuales en el país.

A través de un comunicado enviado a El Nuevo Diario, el director de la entidad informó que tras la promulgación de la nueva Ley núm. 86-26 el pasado 22 de septiembre de 2026, la institución confirmó que únicamente siete operadores de juegos de azar por internet figuran autorizados en el portal oficial del Ministerio de Hacienda.

De acuerdo con el marco legal vigente, las empresas habilitadas legalmente y sus respectivos dominios web son:
Game Technology International, S.R.L. (www.superbets.do)
Betcris Banca de Apuesta, S.R.L. (www.betcris.do)
Juancito Sport, S.R.L. (www.juancitosport.com.do)
Gogo Sport, S.R.L. (www.gogobanca.com)
Orobet, S.R.L. (www.orobet.do)
Breeze Management, Corp. (https://vip987.do)
Drbets, S.R.L. (https://appuesta.do)

Además, las autoridades advirtieron sobre la existencia de una relación de aproximadamente 81 operadores que no cuentan con la debida autorización estatal para gestionar apuestas o juegos virtuales en el territorio nacional.

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Estatus de las nuevas licencias

La Ley núm. 86-26 establece en su artículo 95 que los juegos de azar virtuales solo pueden ser explotados por personas jurídicas que posean una licencia otorgada por el Consejo de Juegos de Azar, la cual tendrá una vigencia de cinco años. No obstante, debido a la reciente creación del órgano regulador, el Consejo aún no ha sesionado.

Por esta razón, la resolución que fijará las tasas, los requisitos técnicos y las condiciones específicas para emitir nuevas licencias de operación se encuentra pendiente de aprobación y emisión.

«El artículo 96 establece que dicha licencia tendrá una vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su emisión. Por su parte, el artículo 97 dispone que las tasas, los requisitos y las condiciones para el otorgamiento de las licencias de operación de juegos de azar virtuales serán establecidos mediante resolución aprobada por el Consejo de Juegos de Azar, el cual aún no ha sesionado en virtud de su reciente creación», informó.

Acciones contra la operación ilegal

La DGJA enfatizó que se encuentra en una fase activa de estudio y coordinación con diversos organismos del Estado. El objetivo central es evaluar las actividades del sector, verificar posibles infracciones de plataformas no autorizadas y determinar las acciones legales o administrativas correspondientes.

Asimismo, la entidad reiteró su apertura para recibir evidencias e informaciones del público y los medios de comunicación que permitan identificar operaciones al margen de la ley, además está en plena labor de estudio y coordinación con los diferentes organismos del Estado a fin de evaluar los hechos y determinar la procedencia de las diligencias y actuaciones correspondientes, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley núm. 86-26 y las demás disposiciones legales aplicables.

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