SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) recordó que los grandes contribuyentes locales y medianos deberán emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) a partir del próximo 1 de noviembre de 2026, conforme a lo establecido en la Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica de la República Dominicana.
La institución informó que las secuencias de comprobantes fiscales no electrónicos tipo “B” asignadas a estos contribuyentes solo serán válidas hasta el 31 de octubre del presente año.
La DGII precisó que los comprobantes fiscales no electrónicos tipo “B” solo podrán utilizarse en casos de declaratoria de contingencia, bajo las condiciones establecidas en el capítulo X del Reglamento núm. 587-24 de aplicación de la referida ley.
Asimismo, advirtió que el incumplimiento de la obligación de emitir exclusivamente facturas electrónicas constituye una infracción y puede dar lugar a las sanciones previstas en el artículo 27 de la Ley núm. 32-23.
Canales de información
Para obtener más información, los contribuyentes pueden comunicarse con el Centro de Contacto de la DGII al teléfono (809) 689-3444, escribir al correo electrónico informacion@dgii.gov.do o consultar el portal institucional www.dgii.gov.do.
La entidad reiteró estas disposiciones en un aviso fechado el 26 de octubre de 2026, firmado por su director general, Pedro Urrutia Sangiovanni.
