Inicio NacionalSCJ confirma multa de RD$1.91 millones contra Edesur por no entregar información financiera a accionistas

SCJ confirma multa de RD$1.91 millones contra Edesur por no entregar información financiera a accionistas

por Voz Populi Media
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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó una multa de RD$1.91 millones contra la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur), luego de que la compañía no entregara a varios de sus accionistas minoritarios la información financiera que estos habían solicitado sobre las operaciones de la empresa entre 2001 y 2020.

La decisión fue adoptada por la Primera Sala de la SCJ, que rechazó un recurso de casación presentado por Edesur y mantuvo la condena impuesta por el incumplimiento de una sentencia anterior que ordenaba a la empresa rendir cuentas a los accionistas.

Los accionistas Tony Américo Peña Herasme, Cristino Herasme Cayo, Leandro Eligio Acosta Méndez y Gloria Cleotilde Bittinis Peña habían reclamado información relacionada con las actividades comerciales de Edesur y la eventual distribución de beneficios durante el período señalado.

SCJ establece alcance de la rendición de cuentas

La Suprema Corte estableció que la obligación de Edesur no se limitaba al pago de dividendos, sino que comprendía una rendición de cuentas completa sobre las operaciones reclamadas.

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Esto incluía la entrega de documentación e información financiera correspondiente al período objeto de la demanda, así como los datos relacionados con la distribución de ganancias, en caso de que estas hubieran sido generadas.

Los jueces determinaron que Edesur no había entregado a los accionistas documentos considerados relevantes para cumplir con esa obligación, entre ellos los estados financieros correspondientes a 2017, 2018 y 2019, así como actas de asambleas celebradas durante varios años entre 2005 y 2020.

También estaba pendiente la información relacionada con la distribución de beneficios correspondiente al período 2001-2020.

Argumentos de Edesur

Durante el proceso, Edesur sostuvo que no existían utilidades distribuibles debido a las pérdidas acumuladas de la empresa.

Sin embargo, este argumento no fue considerado suficiente para justificar el incumplimiento de la obligación de rendir cuentas, debido a que el deber establecido judicialmente comprendía la presentación de la información financiera y la documentación requerida por los accionistas.

Con el rechazo del recurso de casación, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia mantuvo la condena contra Edesur y la multa de RD$1.91 millones derivada del incumplimiento de la decisión judicial.

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